La banca tendrá que devolver los gastos derivados de la tasación de la vivienda hipotecante que sean anteriores a la ley hipotecaria (Ley 5 /2019, de 15 de marzo)
Teniendo que devolver la banca los gastos de tasación de todas aquellas hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios, en julio de 2019 (Ley 5/2019, de 15 de marzo)